Sustancias de alta peligrosidad

Sustancias de preocupación equivalente:

  • sustancias respecto de las cuales existan pruebas científicas de que tienen posibles efectos graves para la salud humana o el medio ambiente que suscitan un grado de preocupación equivalente al que suscitan otras sustancias enumeradas en el artículo 57, a) a e) del Reglamento REACH, y que han sido identificadas en cada caso particular con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 59 del mismo Reglamento, como, por ejemplo, los alteradores endocrinos.

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