Disposición Adicional 6ª (DA6) por volumen de ventas

Conforme con lo previsto en la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, las personas físicas, los grupos empresariales y las personas jurídicas no integradas en ellos, que se dediquen en España a la fabricación, importación u oferta al Sistema Nacional de Salud de medicamentos y/o productos sanitarios que, financiados con fondos públicos, se dispensen en oficinas de farmacia a través de receta oficial u orden de dispensación del Sistema Nacional de Salud, en territorio nacional, deben ingresar con carácter cuatrimestral las cantidades que resulten de aplicar sobre su volumen cuatrimestral de ventas a través de dicha receta u orden de dispensación los porcentajes contemplados en la escala siguiente:

Los grupos empresariales comunicarán al Ministerio de Sanidad, durante el mes de enero de cada año natural, las compañías integradas en ellos. En caso de que se modifique la composición de un grupo empresarial en el transcurso del año, la comunicación se efectuará durante el mes en que dicha modificación haya tenido lugar. A efectos de lo señalado, se considera que pertenecen a un mismo grupo las empresas que constituyan una unidad de decisión, en los términos del artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/home.htm Se abrirá en una ventana nueva.

En relación con el cumplimiento de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, relativa al Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en concreto con su artículo 14, derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, se ha puesto en marcha la aplicación informática de la Disposición Adicional 6ª por Volumen de Ventas (DA6), por la que se gestionarán los procesos de los cuatrimestres de forma electrónica. Las notificaciones se realizarán desde la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas por Comparecencia (SNEC) según el Artículo 43 de la Ley 39/2015. Para ello será imprescindible que el Grupo de Empresa cuente con un certificado electrónico de representante autorizado de persona jurídica, emitido por una entidad certificadora reconocida.

https://sede.mscbs.gob.es/notifElectronicas/home.htm Se abrirá en una ventana nueva.

El acceso de los Grupos de Empresa a la aplicación DA6 con la información de los cuatrimestres se hará a través del siguiente link: https://da6regelec.sanidad.gob.es Se abrirá en una ventana nueva. Para ello será imprescindible que el Grupo de Empresa cuente con un certificado electrónico de representante autorizado de persona jurídica, emitido por una entidad certificadora reconocida.

Pueden utilizar el correo electrónico cau-servicios@sanidad.gob.es para cualquier duda/consulta relacionada con este proceso.

Los manuales de usuario para facilitar la navegación se pueden consultar en:

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