Guía de facilitación de acceso a las medidas

Garantía del suministro de energía eléctrica, derivados del petróleo, gas y agua

¿En qué consiste la medida?

Esta medida garantiza el acceso a suministros básicos por todos y todas durante el periodo de crisis. Hasta el 31 de diciembre de 2023 no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo, (incluidos los gases manufacturados y los gases licuados del petróleo) gas natural y agua a los consumidores personas físicas en su vivienda habitual, por motivos distintos a la seguridad del suministro, de las personas y de las instalaciones.

¿Qué documentación debo aportar?

Para acreditar ante el suministrador que el suministro se produce en la vivienda habitual, el consumidor podrá emplear cualquier medio documental que acredite de manera fehaciente dicha circunstancia. Por ejemplo: recibo de luz, agua o teléfono, que acredite el domicilio.

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