Autoridades implicadas

Los biocidas están regulados en Europa por el Reglamento 528/2012, que dicta las normas para su comercialización y uso.

Las Autoridades Competentes en el Registro y Autorización de biocidas bajo este Reglamento son:

Adicionalmente, los siguientes Ministerios son responsables de la determinación de la eficacia de los productos biocidas señalados a continuación:

En el caso de biocidas que contienen sustancias activas de las cuales NO se ha concluido la evaluación a nivel comunitario, pero están en el programa de revisión conforme al Reglamento (UE) nº 1062/2014, considerando el artículo 89 sobre medidas transitorias del Reglamento (UE) nº 528/2012 relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, las autoridades competentes para su evaluación y posterior autorización serían las establecidas en la legislación nacional, esto es Real Decreto 3349/1983 y Real Decreto 1054/2002 que figuran a continuación:

Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Para mayor información: https://www.aemps.gob.es/cosmeticos-cuidado-personal/biocidas/ Se abrirĂ¡ en una ventana nueva.

Para cualquier consulta: biocidas-aemps@aemps.es

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, concretamente la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria

Para mayor información: http://www.mapama.gob.es/es/ganaderia/temas/sanidad-animal-higiene-ganadera/higiene-de-la-produccion-primaria-ganadera/registro-de-productos-zoosanitarios Se abrirĂ¡ en una ventana nueva. /

Para cualquier consulta: Bzn-Zoosan@mapama.es

Ministerio de Sanidad, concretamente la Dirección General de Salud Pública

Como se ha dicho al principio, una vez que la sustancia activa haya sido aprobada, la autoridad competente para TODOS los tipos de productos biocidas es la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad.

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