Notificación de productos biocidas no sujetos a registro

Requisitos para la notificación de productos biocidas no sujetos a Registro

Para la notificación de productos biocidas en cumplimiento con la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 1054/2002 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , deberán aportar: 

Junto con la plantilla de auto-certificación. deberán presentar documentos acreditativos que demuestren que el(los) proveedor(es) de la(s) sustancia(s) activa(s) que forma(n) parte de la composición del producto, está(n) incluídos en la Lista ECHA Se abrirá en una ventana nueva. . Como ejemplo, algunos documentos que acreditan la procedencia de la sustancia activa son: carta del proveedor, factura de compra, albarán, contrato de suministro, carta de acceso, etc.

Para incluir el teléfono del Servicio de Información Toxicológica en la etiqueta, instrucciones de primeros auxilios, así como en el apartado 1.4 de la Ficha de Datos de Seguridad es obligatorio haber realizado previamente el alta de la ficha toxicológica según el procedimiento mencionado.

Procedimiento de notificación de productos a la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.

Empresas con sede en España:

Empresas con sede en el extranjero:

Información importante:

El solicitante deberá tener disponible para la autoridad competente española, el comprobante de haber presentado la notificación en cumplimiento de la Disposición Transitoria Segunda del producto biocida, así como toda la documentación anexa a la misma, para demostrar que el producto está debidamente notificado y que el(los) proveedor(es) de la(s) sustancia(s) activa(s) que forman parte de la composición del producto, se incluye(n) en la lista de la ECHA Se abrirá en una ventana nueva. .

Cualquier MODIFICACIÓN QUE SE PRODUZCA EN EL PRODUCTO BIOCIDA y, por tanto, en la información de su notificación según la Disposición Transitoria Segunda (p.e. cambio de nombre comercial, modificación de datos de la empresa, etc.) deberá ser comunicada realizando una nueva notificación en la que se especifiquen todos los datos, actualizando los que sean necesarios e informando de la retirada del mercado del producto notificado con anterioridad. A tal efecto, se utilizará el campo "Observaciones" del formulario de notificación Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. .

En caso de CESE DE COMERCIALIZACIÓN DE UN PRODUCTO BIOCIDA YA NOTIFICADO en cumplimiento de la Disposición Transitoria Segunda, se deberá enviar un escrito comunicando la anulación de la notificación presentada e informando de la retirada del mercado del producto biocida.

El proceso de notificación de producto no lleva implícito el pago de tasas.

 

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